Ley de Servicio Civil (documento)
La Ley de Servicio Civil (documento) es el conjunto de leyes que rigen a la Oficina Nacional de Servicio Civil o al Servicio Civil de Guatemala -trabajadores del Estado-, de acuerdo al Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
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Ley de Servicio Civil (documento)
La Ley de Servicio Civil (documento) es el conjunto de leyes que rigen a la Oficina Nacional de Servicio Civil o al Servicio Civil de Guatemala -trabajadores del Estado-, de acuerdo al Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
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La Ley de Servicio Civil (documento) es el conjunto de leyes que rigen a la Oficina Nacional de Servicio Civil o al Servicio Civil de Guatemala -trabajadores del Estado-, de acuerdo al Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
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¿QUIÉNES
SOMOS?

¿CUÁL
ES SU MISIÓN?
Somos la
institución responsable de generar y lograr que se ejecute un proceso
permanente de desarrollo administrativo y modernización institucional, con el
fin de fortalecer la capacidad de gestión de las entidades públicas.
¿CUÁL
ES SU VISIÓN
Ser la entidad
altamente especializada y de reconocida capacidad, en los procesos de
modernización institucional y desarrollo permanente de la administración
pública en Guatemala.
RESEÑA
Bernardo Kliksberg es doctor en Ciencias
Económicas, asesor internacional, científico social, reconocido mundialmente
como fundador de una nueva disciplina, la Gerencia Social y como pionero de la
“Ética para el Desarrollo”, el Capital Social y la Responsabilidad Social
Empresarial (RSE).
El método de trabajo utilizado por Kliksberg. Su
formación académica en consonancia con su incursión por múltiples países del
mundo, su participación activa en investigaciones con la rectoría y liderazgo
de organismos internacionales, le permite observar, sistematizar y gestionar el
conocimiento desde lo empírico a lo teórico, impregnando un enfoque
multidisciplinario en su trabajo, es el caso de su libro: Hacia una Economía
con Rostro Humano.
Para efectos de esta reseña, se seleccionaron temas
vinculados al capital social, como “Qué está sucediendo con la Familia en
América Latina”. Se ha observado en investigaciones comparadas estrecha
relación entre criminalidad juvenil y familias desarticuladas.
Otro tema es la “Salud Pública y equidad”. La salud
de la población de un país es un pilar de la productividad, la competitividad y
el desarrollo.
Los países exitosos han basado sus logros en
mejorar permanentemente sus recursos humanos.
En su obra, Kliksberg ilustra con ejemplos. No dice
que si una organización aprovecha las potencialidades del recurso humano,
aplicando el modelo del “Capital Social”, se pueden abordar situaciones como
acceso a créditos, apertura de negocios corporativos a pequeña y mediana
escala; como producto de las inversiones se pueden diseñar e implementar
proyectos de educación, contratación de docentes para escuelas e institutos por
cooperativa, proporcionar becas de estudio, entre muchas otras cosas.
Con acciones hacia la educación, la salud, generación de
ingresos económicos, se suma a un desarrollo integral.
La participación, la solidaridad, la autogestión, principios que deben guiar
las acciones del capital social; construyendo redes articuladas con esfuerzos y
objetivos comunes.
http://www.inap.gob.gt/site/
Ley de Servicio Civil (documento)
La Ley de Servicio Civil (documento) es el conjunto de leyes que rigen a la Oficina Nacional de Servicio Civil o al Servicio Civil de Guatemala -trabajadores del Estado-, de acuerdo al Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
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La Ley de Servicio Civil (documento) es el conjunto de leyes que rigen a la Oficina Nacional de Servicio Civil o al Servicio Civil de Guatemala -trabajadores del Estado-, de acuerdo al Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
Esta ley es de orden público y los derechos que consigna son garantías mínimas irrenunciables para los servidores públicos, susceptibles de ser mejoradas conforme las necesidades y posibilidades del Estado. De consiguiente, son nulos ípso jure todos los actos y disposiciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución establece, de los que esta ley señala y de todos los adquiridos con anterioridad (Ley de Servicio Civil, 1971).
El propósito general de esta ley es regular las relaciones entre la Administración Pública y sus servidores con el fin de garantizar su eficiencia, asegurar a los mismos justicia y estímulo en su trabajo, y establecer las normas para la aplicación de un sistema de administración de personal (Ley de Servicio Civil, 1971).
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